viernes, 1 de abril de 2011

La Reforma Constitucional está vigente

La Reforma Constitucional está vigente

Manuel Rojas Pérez
Correo del Caroní, 28 de marzo de 2011

Amigo lector: ¿usted votó en la propuesta de reforma constitucional por el No? ¿Estaba en contra de esa proposición y por eso se dirigió al centro electoral y ejerció su voto en contra? ¿Forma usted parte del cincuenta y dos por ciento de los venezolanos que rechazaron dicha reforma constitucional?

Pues, sepa usted, que esa reforma constitucional se encuentra vigente actualmente.

Si, como lo está leyendo. A pesar que usted votó en contra de esa reforma, a pesar que la mayoría de los venezolanos rechazaron dicha propuesta de modificación a la Constitución, la Asamblea Nacional en el año 2010 sancionó, y el presidente de la República promulgó, una serie de leyes que recogen el sentido fundamental de la reforma rechazada en el 2007, como lo son las Leyes del Poder Popular.

Estas leyes son la Ley Orgánica del Poder Popular, la Ley Orgánica de las Comunas, la Ley Orgánica de Contraloría Social, la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal y la Ley Orgánica de Planificación Pública, publicadas en Gaceta Oficial número 6011 de 21 de diciembre de 2010. Estas leyes, conocidas como Leyes Comunales, limitan la participación ciudadana a las formas del Poder Popular para el socialismo y crean la comuna como entidad socialista basada en la propiedad social.

En la propuesta de reforma constitucional se establecía el Poder Popular en los artículos 16, 18, 86, 136, 168 y 184.7; el concepto de Comunas en los artículos 16, 18, 135, 136, 167.4 y 184; el Poder Comunal en los artículos 16, 136, 112 y 184.7; el término Socialismo o su derivado socialista en los artículos 16, 70, 112, 113, 158, 168, 184.3, 300, 318 y 321; la Ciudad Comunal, en el artículo 16. Por último, la Propiedad Social podía verse en los artículos 70, 112, 113, 115, 156.34, 184.3 y 307.

Pues bien, en cada una de estas Leyes Comunales, se establecen los mismos principios rectores que se establecían en el proyecto de reforma constitucional. En todas ellas se consagran aspectos que se establecían en la rechazada reforma. En estas se destacan actualmente los mismos conceptos: Poder Popular, Comunas, Poder Comunal, Socialismo, Ciudad Comunal o Propiedad Social.

Fíjese bien: el Poder Popular estaba planteado en la reforma constitucional rechazada como la forma de implantación del modelo socialista como única visión de Estado. Esa era su clave. Pues bien, todas estas Leyes Comunales tienen como finalidad el “desarrollar y consolidar el Estado Comunal como expresión del Poder Popular para la construcción del socialismo”. Luego, se intenta cambiar el estado plural vigente en la Constitución por un solo tipo de modelo político-económico-social, cosa que se establecía en la reforma constitucional.

La finalidad confesa de cada una de estas Leyes Comunales dictadas en diciembre de 2010, es la implantación del socialismo como única forma política del Estado venezolano, la misma filosofía de la reforma rechazada en el 2007.

Esta imposición de la reforma constitucional conforma un fraude a la Constitución y a todos los venezolanos. El derecho al sufragio implica una doble vertiente: por una parte, la posibilidad que los ciudadanos decidan sobre sus asuntos de manera libre, y por la otra, que su elección sea respetada. El acatamiento a lo elegido se desprende del artículo 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Luego, cuando estas Leyes Comunales no respetan lo que el pueblo decidió en 2007, violan el artículo 3 constitucional.

Los diputados a la Asamblea Nacional en el 2010, entonces, se burlaron de usted, amigo lector. No les importó su opinión. No respetaron su decisión. Esta ha sido la visión del gobierno chavista durante doce años: poco o nada le interesa lo que la gente quiere. Eso de todo el poder para el pueblo es un gran engaño, una inmensa farsa.

Twitter: @rojasperezm

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